Plazo del recurso de reposición (1 mes)
Con los festivos nacionales y autonómicos. Para incluir las fiestas locales, usa la calculadora de tu municipio.
Cómo se cuenta
El recurso de reposición es potestativo: se presenta ante el mismo órgano que dictó el acto, cuando ese acto pone fin a la vía administrativa. Si el acto es expreso, el plazo es de un mes, de fecha a fecha desde el día siguiente a la notificación. Si el último día es inhábil, pasa al siguiente hábil.
Ley 39/2015, artículos 30.4, 30.5 y 124.1.
